El problema

Alguien registró lo que tú construiste

Un ex socio, un ex distribuidor, un proveedor, o alguien que simplemente vio tu marca funcionando y se adelantó. Duele, y además te bloquea.

Te exigen que dejes de usarla

El titular puede requerirte formalmente que abandones tu propio nombre comercial.

Te piden dinero por ella

Algunos registran marcas ajenas precisamente para revenderlas a quien las necesita.

No puedes registrar la tuya

Mientras ese registro exista, tu solicitud choca contra él.

Hay una vía para revertirlo

La nulidad. A diferencia de la cancelación —que ataca la falta de uso— la nulidad ataca el origen del registro: se otorgó de mala fe, pisando un derecho anterior, o contra lo que la ley permite. Si prospera, el registro cae como si nunca hubiera existido.

Cuándo procede

Tres caminos hacia la nulidad

No todos los casos califican. Estos son los supuestos que evaluamos primero.

Mala fe

Registró tu marca sabiendo que era tuya, para bloquearte o para negociar desde arriba.

Derecho anterior

El registro choca con un derecho previo tuyo: tu marca, tu nombre comercial, tu creación.

Contra la ley

Se otorgó pese a no cumplir los requisitos legales para ser registrable.

Cómo trabajamos

La nulidad se gana con evidencia

Aquí no basta con afirmar la mala fe: hay que demostrarla. Ese es el trabajo.

1

Identificamos la causal

Revisamos el expediente del registro que te afecta y determinamos qué vía es viable — y si conviene combinarla con una cancelación.

2

Reunimos las pruebas

Facturas, publicaciones, contratos, correos, registros de dominio: todo lo que acredite que la marca era tuya antes.

3

Presentamos la acción

Llevamos la nulidad ante INDECOPI y la sostenemos a lo largo del procedimiento.

4

Aseguramos tu registro

En paralelo trabajamos tu propia solicitud, para que al liberarse el camino tu marca quede protegida a tu nombre.

Ojo con los plazos

Algunas causales de nulidad tienen plazo para accionar. Cuanto antes se evalúe el caso, más opciones conservas.

Por qué nosotros

Casos delicados, terreno conocido

Las nulidades por mala fe están entre los procedimientos más exigentes en materia de marcas.

Ex INDECOPI
sabemos qué evidencia pesa
+3,500
marcas trabajadas
+860
registros eliminados
Preguntas frecuentes

Lo que todos preguntan

Yo usaba la marca primero. ¿Eso no basta?

Por sí solo, no: en el Perú el derecho nace con el registro. Pero tu uso anterior sí es la prueba central en una acción de nulidad por mala fe, porque demuestra que el otro sabía que la marca era tuya.

¿Cuál es la diferencia entre nulidad y cancelación?

La cancelación se pide porque la marca no se usa. La nulidad se pide porque el registro nació mal. A veces evaluamos ambas y elegimos la más sólida para tu caso.

¿Cuánto demora?

Es un procedimiento de meses, no de semanas. Por eso trabajamos tu solicitud en paralelo, en lugar de esperar de brazos cruzados.

¿Me garantizan recuperar la marca?

No. Ningún resultado ante INDECOPI puede garantizarse, y quien lo prometa no está siendo honesto contigo. Lo que sí hacemos es decirte con franqueza qué tan fuerte es tu evidencia antes de empezar.

¿Y si prefieren venderme la marca?

Es un escenario frecuente. A veces negociar una cesión resulta más rápido y barato que litigar. Lo evaluamos contigo y te decimos qué conviene.

Lee la guía completaNulidad de marca: cómo anular un registro que nunca debió existir

¿Y ahora qué?

¿Tu marca está a nombre de otro?

Cuéntanos cómo ocurrió y qué pruebas tienes de tu uso anterior. Evaluamos si hay caso y te decimos con franqueza qué esperar.

  Hablar por WhatsAppEntender la nulidad

Información general sobre el servicio. No constituye asesoría legal para un caso concreto ni garantiza resultado alguno: cada procedimiento se resuelve según sus circunstancias y la decisión corresponde a INDECOPI.